INSPECCIONES DE SEGURIDAD Y SU IMPORTANCIA
La inspección de seguridad es un análisis que se
realiza en toda empresa para evaluar los riesgos de accidente presentes.
Las inspecciones tienen también como objeto
descubrir los riesgos corregibles de la industria, evitando así la producción
de accidentes. Sin embargo, según la persona o personas que realicen la
inspección, se pueden marcar distintos objetivos y obtener diferentes
consecuencias.
En primer lugar, se podría citar que las
inspecciones pueden ser realizadas por funcionarios del estado, inspectores de
trabajo, de sanidad o de industria, en donde su función se remite a controlar
el cumplimiento de las disposiciones
reglamentarias
vigentes de seguridad industrial.
En segundo término, cabe señalar las inspecciones de seguridad hechas por personas ajenas a la empresa, aquellas que realizan empresas de seguros, especialmente las que se hacen cargo de la póliza contra incendios y vigilancia de equipos industriales como calderos, hornos, ascensores industriales, montacargas, etc.
En último lugar, se debe citar las inspecciones que tienen un carácter interno, es decir, las realizadas por personas que pertenecen a la planta, ya sea individualmente (técnico de seguridad, médico de la empresa) o en grupo, como las que realiza el comité de seguridad e higiene de la empresa o comisiones especializadas designadas al efecto.
Todas estas inspecciones tienen como objetivo principal descubrir puntos de peligro o riesgo. Las que se hacen por personal ajeno a la empresa son, por lo general, inspecciones de una sola visita, mientras que las realizadas por miembros de la empresa son más bien inspecciones continuas, que normalmente tienen una mayor eficacia preventiva.
Las condiciones cambian, los procesos se modifican o se sustituyen. Hasta en el establecimiento industrial mejor diseñado pueden surgir riesgos previstos y olvidados.
Es por esto que la recopilación detallada de los riesgos es una valiosa fuente de información que es conveniente aprovechar al máximo, para lo cual es importante que una serie de datos referentes a ellos mismos y a su entorno queden registrados para su posterior análisis estadístico que servirá para conocer la accidentalidad y sus circunstancias comparativamente entre secciones, empresas o sectores productivos.
En segundo término, cabe señalar las inspecciones de seguridad hechas por personas ajenas a la empresa, aquellas que realizan empresas de seguros, especialmente las que se hacen cargo de la póliza contra incendios y vigilancia de equipos industriales como calderos, hornos, ascensores industriales, montacargas, etc.
En último lugar, se debe citar las inspecciones que tienen un carácter interno, es decir, las realizadas por personas que pertenecen a la planta, ya sea individualmente (técnico de seguridad, médico de la empresa) o en grupo, como las que realiza el comité de seguridad e higiene de la empresa o comisiones especializadas designadas al efecto.
Todas estas inspecciones tienen como objetivo principal descubrir puntos de peligro o riesgo. Las que se hacen por personal ajeno a la empresa son, por lo general, inspecciones de una sola visita, mientras que las realizadas por miembros de la empresa son más bien inspecciones continuas, que normalmente tienen una mayor eficacia preventiva.
Las condiciones cambian, los procesos se modifican o se sustituyen. Hasta en el establecimiento industrial mejor diseñado pueden surgir riesgos previstos y olvidados.
Es por esto que la recopilación detallada de los riesgos es una valiosa fuente de información que es conveniente aprovechar al máximo, para lo cual es importante que una serie de datos referentes a ellos mismos y a su entorno queden registrados para su posterior análisis estadístico que servirá para conocer la accidentalidad y sus circunstancias comparativamente entre secciones, empresas o sectores productivos.
INSPECCION DE TRABAJO
Las Inspecciones de Trabajo las efectúan los INSPECTORES y SUBINSPECTORES de
Trabajo y Seguridad Social y su actividad se encuentra regulada en LEY
42/1997, de 14 de Noviembre, ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social.
Puede solicitar una Inspección toda persona que
tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir infracción en materia
laboral, seguridad y salud laboral, seguridad social, empleo, etc. Dicha
inspección se solicita ante las Inspecciones, Áreas o Dependencias Provinciales
de Trabajo y Asuntos Sociales, y unidades correspondientes de las Comunidades
Autónomas a través de denuncia por escrito, ya sea mediante la
presentación presencial ante el Organismo o por Internet si posee Firma
Electrónica.
De cada actuación de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, el funcionario actuante extenderá diligencia en el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social que debe existir en cada centro de trabajo a disposición de la
misma.
La actuación de la Inspección de Trabajo y
Seguridad Social se ejerce en:
- Las
empresas, los centros de trabajo y, en general, los lugares en que se
ejecute la prestación laboral.
- Los
vehículos y los medios de transporte en general, en los que se preste
trabajo.
- Los
puertos, aeropuertos, vehículos y puntos de salida, escala y destino, en
lo relativo a los viajes de emigración e inmigración interior.
- Las
entidades y empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social.
- Las
entidades públicas o privadas que colaboren con las distintas
Administraciones públicas en materia de protección y promoción social.
- Las
sociedades cooperativas en relación a su constitución y funcionamiento y
al cumplimiento de las normas de orden social en relación a sus socios
trabajadores o socios de trabajo, y a las sociedades laborales en cuanto a
su calificación como tales.
- Se
exceptúan los centros de trabajo, establecimientos, locales e
instalaciones cuya vigilancia esté legalmente atribuida a otros órganos de
las Administraciones Públicas.
Competencia de los Inspectores de
Trabajo
Los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social
tienen el carácter de autoridad pública y están autorizados
para:
- Entrar
libremente en cualquier momento y sin previo aviso en
todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección
y a permanecer en el mismo. Si el centro sometido a
inspección coincidiese con el domicilio de la persona física afectada,
deberán obtener su expreso consentimiento o, en su defecto, la oportuna
autorización judicial.
- Al
efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia al
empresario o a su representante o persona inspeccionada, a menos que
consideren que dicha comunicación pueda perjudicar el éxito de sus
funciones.
- Hacerse
acompañar en las visitas de inspección por los trabajadores, sus
representantes y por los peritos y técnicos de la empresa o habilitados
oficialmente que estimen necesario para el mejor desarrollo de la función
inspectora.
- Proceder
a practicar cualquier diligencia de investigación, examen o
prueba que considere necesario para comprobar que las disposiciones
legales se observan correctamente y, en particular, para:
- Requerir
información, sólo o ante testigos, al empresario o al personal de la empresa
sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones
legales, así como a exigir la identificación, o razón de su presencia, de
las personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado.
- Exigir
la comparecencia del empresario o de sus
representantes y encargados, de los trabajadores, de los perceptores o
solicitantes de prestaciones sociales y de cualesquiera sujetos incluidos
en su ámbito de actuación, en el centro inspeccionado o en las oficinas
públicas designadas por el inspector actuante.
- Examinar
en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa con
transcendencia en la verificación del cumplimiento de la legislación del
orden social, tales como: libros, registros, incluidos los programas
informáticos y archivos en soporte magnético, declaraciones oficiales y
contabilidad; documentos de inscripción, afiliación, alta, baja,
justificantes del abono de cuotas o prestaciones de Seguridad Social;
documentos justificativos de retribuciones; documentos exigidos en la
normativa de prevención de riesgos laborales y cualesquiera otros
relacionados con las materias sujetas a inspección. El inspector está
facultado para requerir la presentación de dicha documentación en las
oficinas públicas correspondientes.
- Tomar
o sacar muestras de sustancias y materiales utilizados o manipulados en el
establecimiento, realizar mediciones, obtener fotografías,
videos, grabación de imágenes, levantar croquis y planos, siempre que se
notifique al empresario o a su representante y obtener copias y extractos
de los documentos que se indican en el punto anterior.
- Adoptar,
en cualquier momento del desarrollo de sus actuaciones las medidas
cautelares que estimen oportunas y sean proporcionadas al fin que
se persiga, para impedir la destrucción, desaparición o alteración de la
documentación mencionada en el apartado anterior, siempre que no cause
perjuicio de difícil o imposible reparación a los sujetos responsables o
implique violación de derechos.
- En
el desarrollo de estas acciones podrán solicitar la colaboración de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Finalizada la actividad comprobatoria inspectora,
podrán adoptar las siguientes medidas:
- Advertir
y requerir al sujeto responsable, en vez de iniciar un procedimiento
sancionador, cuando las circunstancias del caso así lo aconsejen, y
siempre que no se deriven perjuicios directos a los trabajadores.
- Requerir
al sujeto responsable para que, en el plazo que se le señale, adopte las
medidas en orden al cumplimiento de la normativa de orden social, incluso
con su justificación ante el funcionario actuante.
- Requerir
al empresario a fin de que, en un plazo determinado, lleve a efecto las
modificaciones que sean precisas en las instalaciones, en el montaje o en
los métodos de trabajo que garanticen el cumplimiento de las disposiciones
relativas a la salud o a la seguridad de los trabajadores.
- Iniciar
el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción,
de infracción por obstrucción, o requiriendo a las Administraciones
públicas por incumplimiento de disposiciones relativas a la salud o
seguridad del personal civil a su servicio; iniciar expedientes liquidatarios
por débitos a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta,
mediante la práctica de actas de liquidación.
- Promover
procedimientos para el encuadramiento de empresas y trabajadores en el
régimen de la Seguridad Social que proceda, sin perjuicio del inicio del
expediente liquidatario si procediese.
- Promover
procedimientos de oficio para la inscripción de empresas, afiliación y
altas y bajas de trabajadores en el régimen correspondiente de la
Seguridad Social.
- Instar
del correspondiente organismo la suspensión o cese en la percepción de
prestaciones sociales, si se constatase su obtención o disfrute en
incumplimiento de la normativa que las regula.
- Instar
del órgano administrativo competente la declaración del recargo de las
prestaciones económicas en caso de accidente de trabajo o enfermedad
profesional causados por falta de medidas de seguridad e higiene.
- Proponer
recargos o reducciones en las primas de aseguramiento de accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales, en relación a empresas por su
comportamiento en la prevención de riesgos y salud laborales, con sujeción
a la normativa aplicable.
Proponer al órgano correspondiente que exija la devolución de lo indebidamente percibido por prestaciones o ayudas en fraude, e instar la actuación del Ministerio Fiscal si hubiere lugar. - Ordenar
la paralización inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la
normativa sobre prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave
e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores.
- Comunicar
al organismo competente los incumplimientos que compruebe en la aplicación
y destino de ayudas y subvenciones para el fomento del empleo, formación
profesional ocupacional y promoción social.
- Proponer
la formulación de demandas de oficio ante la Jurisdicción de lo Social en la
forma prevista en la Ley reguladora de dicho Orden Jurisdiccional.
- Cuantas
otras medidas se deriven de la legislación en vigor.
Competencia de los Subinspectores
de Trabajo
Los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social
tendrán la consideración de agentes de la autoridad, están
autorizados para:
- Entrar
libremente en cualquier momento y sin previo aviso en
todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección y a
permanecer en el mismo. Si el centro sometido a inspección coincidiese con
el domicilio de la persona física afectada, deberán obtener su expreso
consentimiento o, en su defecto, la oportuna autorización judicial.
- Al
efectuar una visita de inspección, deberán comunicar su presencia
al empresario o a su representante o persona inspeccionada, a
menos que consideren que dicha comunicación pueda perjudicar el éxito de
sus funciones.
- Requerir
información, sólo o ante testigos, al empresario o al personal de la empresa
sobre cualquier asunto relativo a la aplicación de las disposiciones legales,
así como a exigir la identificación, o razón de su presencia, de las
personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado.
- Exigir
la comparecencia del empresario o de sus
representantes y encargados, de los trabajadores, de los perceptores o
solicitantes de prestaciones sociales y de cualesquiera sujetos incluidos
en su ámbito de actuación, en el centro inspeccionado o en las oficinas
públicas designadas por el subinspector actuante.
- Examinar
en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa con
transcendencia en la verificación del cumplimiento de la legislación del
orden social, tales como: libros, registros, incluidos los programas
informáticos y archivos en soporte magnético, declaraciones oficiales y
contabilidad; documentos de inscripción, afiliación, alta, baja,
justificantes del abono de cuotas o prestaciones de Seguridad Social;
documentos justificativos de retribuciones y cualesquiera otros
relacionados con las materias sujetas a inspección. El subinspector está
facultado para requerir la presentación de dicha documentación en las
oficinas públicas correspondientes.
- Adoptar,
en cualquier momento del desarrollo de sus actuaciones, las medidas
cautelares que estimen oportunas y sean proporcionadas al fin que
se persiga, para impedir la destrucción, desaparición o alteración de la
documentación mencionada en el apartado anterior, siempre que no cause
perjuicio de difícil o imposible reparación a los sujetos responsables o
implique violación de derechos.
- En
el desarrollo de estas acciones la Inspección podrá solicitar la
colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
Finalizada la actividad comprobatoria del
subinspector, podrá adoptar las siguientes medidas:
- Advertir
y requerir al sujeto responsable, en vez de iniciar un procedimiento
sancionador, cuando las circunstancias del caso así lo aconsejen, y
siempre que no se deriven perjuicios directos a los trabajadores.
- Requerir
al sujeto responsable para que, en el plazo que se le señale, adopte las
medidas en orden al cumplimiento de la normativa de orden social, incluso
con su justificación ante el funcionario actuante.
- Iniciar
el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción,
o de obstrucción, así como iniciar expedientes liquidatorios por débitos a
la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta, mediante la
práctica de actas de liquidación.
Promover procedimientos de oficio para la inscripción de empresas, afiliación y altas y bajas de trabajadores en el régimen correspondiente de la Seguridad Social. - Promover
internamente procedimientos para el encuadramiento de empresas y
trabajadores en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
- Instar
del correspondiente organismo la suspensión o cese en la percepción de prestaciones
sociales, si se constatase su obtención o disfrute en incumplimiento de la
normativa que las regula.
- Comunicar
al organismo competente los incumplimientos que compruebe en la aplicación
y destino de ayudas y subvenciones para el fomento del empleo, formación
profesional ocupacional y promoción social.
- Cuantas
otras medidas se deriven de la legislación en vigor.
Funciones de asistencia técnica
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, además
de su actividad inspectora efectúa entre otras las funciones de:
- Facilitar
información técnica a empresas y trabajadores, con ocasión del ejercicio
de la función inspectora.
- Prestar
asistencia técnica a entidades y organismos de la Seguridad Social, cuando
les sea solicitada.
- Informar,
asistir y colaborar con otros órganos de las Administraciones públicas
respecto a la aplicación de normas de orden social, o a la vigilancia y
control de ayudas y subvenciones públicas.
- Emitir
los informes que le recaben los órganos judiciales competentes, en el
ámbito de las funciones y competencias inspectoras cuando así lo
establezca una norma legal.
- Resolución
de expedientes sancionadores y liquidatorios por órganos de la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social
Instrumentos
de inspección y su aplicación
Funciones del inspector: El
inspector en realidad cumple con varias funciones.
FUNCIÓN DE AUDITORÍA: El
operador tiene que implementar progresivamente un control interno. Este control
interno tiende a evolucionar de tal forma que el inspector va a pasar de una
labor de pura inspección a una actividad de auditor en el sentido de la norma
ISO 65.
Definición de la auditoría:
Auditar:
examen metódico e
independiente para averiguar
si las actividades y los resultados cumplen con las disposiciones preestablecidas, si estas se han implementado de
manera eficiente y para alcanzar los objetivos de calidad.
FUNCIÓN DE VERIFICACIÓN: Verificar,
es comparar un resultado observado con un resultado esperado; los puntos
principales a examinar son:
·
La
conformidad del control interno.
·
Las
existencias (que los productos cultivados, procesados o almacenados son los
mismos que se someten a la certificación).
·
La
precisión y la exactitud de los registros.
·
Que
los insumos cumplen los requisitos.
FUNCIÓN DE INSPECCIÓN: La inspección, es una
acción por la cual el inspector tiene que desplazarse físicamente o examinar
documentos específicos:
·
Los
edificios (todos) y campos.
·
Los
cultivos y linderos.
·
El
control de plagas.
·
Las
herramientas técnicas apropiadas a las producciones certificadas.
FUNCIÓN DE EVALUACIÓN: El
inspector tiene que evaluar:
·
Las
condiciones de cultivos vs rendimiento.
·
El
manejo de la fertilidad vs rendimiento.
·
Control
de plagas vs salud y rendimiento.
·
Comprensión
de los requisitos de las normas vs evitar irregularidades.
·
Cumplimiento
vs disminución de las irregularidades.
A decir verdad, evaluar
significa cuantificar situaciones intangibles.
FUNCIÓN DE COMUNICACIÓN: El
inspector debe cumplir una función de comunicación:
·
Con
los operadores: comunicar el contenido del control, los cambios de las normas,
los requisitos de control interno, etc.
·
Con
el certificador:
- Informe y conclusiones claras y fiables;
- Recomendaciones: cuidado en respetar la independencia.
Usar de preferencia la expresión “en mi opinión” en vez de “recomendación” para
todo lo que se refiere al ámbito de la certificación.
- En cambio, usar la expresión “recomendación” para todo
lo referido al ámbito de la inspección.
·
Con
los interlocutores del negocio ecológico (peritos, compradores)
FUNCIÓN DE INFORMACIÓN: El
papel de la información es importante:
·
sobre
los problemas que debe enfrentar el operador;
·
sobre
las normas y sus requisitos;
·
después
del control inicial, sobre las medidas correctivas a implementar;
·
sobre
el cumplimiento de los requisitos;
·
sobre
las fuentes de información.
Cualidades necesarias
ACTITUD JUSTA: Entre una
actitud arrogante, sospechosa, inquisitoria, brutal y una actitud conciliadora,
combinada con un operador tímido, se tiene que encontrar un buen equilibrio.
Para encontrar este buen equilibrio, que también depende de la experiencia:
·
no
olvidar que el operador está realizando un trámite voluntario;
·
recordar
que la brutalidad puede plasmarse en el informe; por ejemplo, cuando no se
contestan las preguntas hechas por el operador;
·
recordar
que la manera de hacer las preguntas es importante para que no se consideren
como arrogantes;
·
entender
que, en realidad, la solución está en la introspección de la relación con el
operador, con el fin de encontrar un comportamiento y un hábito justos.
¿Se puede recibir un
regalo? Sí, si es de poco valor y se mantiene en el ámbito de la producción del
operador.
¿Se puede aceptar una
invitación al restaurante con el operador? Sí, siempre que no haya
consecuencias, por ejemplo cuando se evidenciaron importantes disconformidades.
Estado mental: sentirse en
todo momento libre de sus movimientos y de sus decisiones.
LA EXPERIENCIA: La experiencia se evalúa
según:
·
experiencia
profesional y/o académica y/o práctica;
·
conocimientos
en el área de la inspección (agricultura, procesos) + capacidad de buscar
informaciones + capacidad de rechazar una inspección;
·
conocimientos
generales de agronomía, ecología, de sistemas (riesgos, HACCP, análisis de
sistemas);
·
capacidad
de anticipación y de solucionar los problemas solo.
LIBERTAD DE ESPÍRITU: Numerosas circunstancias pueden
llevar al inspector a perder su libertad de espíritu, se tiene que tener
presente estas situaciones para mantenerlas a raya:
·
“No
es porque esa persona piensa como yo, que ella cumple”(política, secta,
religión, ONG).
·
Neutralidad
acerca de cualquier operador (simpatía, belleza, mala fama).
·
Libre
de todo conflicto de intereses (familia, relaciones financieras, relaciones
previas de trabajo).
CARÁCTER OBSERVADOR: Se
trata de una cualidad esencial del inspector:
·
El
consumidor es como Santo Tomás, “cree lo que ve”. El inspector representa los
ojos, las orejas y la “nariz” del consumidor. Ingenuidad de la mirada.
Capacidad de observación: ver y relacionar en lógica de sistema.
·
Relacionar
las observaciones con las informaciones suministradas por el operador.
INTEGRIDAD: A este respecto
se requiere una actitud de auto vigilancia permanente.
COMUNICACIÓN: No debemos
olvidar que el informe de inspección refrendado “da fe”; se requiere entonces
una buena comunicación oral y escrita entre el inspector y el operador. Esta
buena comunicación se basa en primer lugar en una correcta conducción de la
entrevista: la entrevista con el operador debe ser construida, progresiva,
tomar en cuenta el nivel intelectual y conceptual del operador, debe permitir
la evaluación de las actitudes mediante interpretaciones cruzadas y debe llegar
también a las imprescindibles superposiciones.
Cómo se hace un control?
ENFOQUE SISTÉMICO: La idea
es considerar la granja, así como la empresa de transformación, como un sistema
cerrado y regulado. Mediante la modelización, el enfoque sistémico permite
entender fenómenos complejos, la ambigüedad de elementos heterogéneos con
interacción mutua. Es manifiestamente complejo enfocar la granja debido a sus
producciones, sus interacciones con el medio exterior, el número de factores de
producción involucrado (a nivel humano, económico y agronómico). Plasmarlo en
un modelo significa diferenciar los elementos y entender las relaciones que los
dinamizan entre sí, así como la dinamización de cada uno en relación al
conjunto.
En el enfoque sistémico
·
el
proceso mismo es importante, se trata realmente de un proceso de producción;
·
el
inspector debe tener una actitud humilde: tratar de entender; la función del
inspector es entender el sistema del operador, con el fin de averiguar su
conformidad;
·
se
necesita inter-disciplinaridad: el inspector debe ser al mismo tiempo agrónomo,
zootécnico, economista, etc.
·
se
toma en cuenta los conflictos, las contradicciones, las incertidumbres: las
palabras mismas fundan un procedimiento crítico del inspector. Estos mismos
criterios permiten la auto-regulación del sistema (mediante la resolución de
las disconformidades), para llegar a un equilibrio (y a la posibilidad de
certificar);
·
se
estudia la articulación de los elementos entre sí y con el conjunto: la falta
de garantía en una factura de insumo es un problema en sí porque no cumple un
requisito de la norma, pero también representa un problema con el conjunto,
porque demuestra que el sistema de calidad en su conjunto está afectado y que
por lo tanto se puede rechazar definitivamente la certificación.
·
No
se debe dividir la complejidad en elementos más simples (análisis), sino tomar
en cuenta todos los rasgos de la complejidad real: la inspección es una
operación compleja, constituida de aspectos relacionales, normativos, técnicos,
de experiencia, todos imbricándose recíprocamente.
3.2. IDENTIFICAR LA UNIDAD
DE PRODUCCIÓN
Los límites, las
instalaciones, las partes dedicadas a la agricultura ecológica y las partes
dedicadas a la agricultura convencional, los flujos y otros elementos
involucrados.
Esto significa identificar
los límites del sistema: el sistema será la unidad aislada de su entorno y,
desde esta perspectiva constituye realmente un territorio: tiene una
materialidad física que lo define. En consecuencia, para entrar y salir de este
territorio, se necesita un “pasaporte”, un conjunto de requisitos a cumplir.
Pero este territorio no es opaco: lo recorren flujos de productos y además es
el lugar donde realizar transformaciones que llevan al producto terminado
postulando a la salida.
Cuidado: el sistema del
operador es más que la unidad del operador, porque involucra a los
subcontratistas, los importadores, los preparadores, etc.
LOS REGISTROS
Se trata aquí de los
registros obligatorios y no de las operaciones de control interno, facultativas
según el estado actual del reglamento, pero extremamente recomendadas:
·
El
control interno es una operación voluntaria destinada a reducir los riesgos inherentes a la actividad del productor. El
control interno constituye un compromiso de la responsabilidad del operador. No se hace para
facilitar el control del organismo de certificación. No debe de ningún modo
anticipar los instrumentos de investigación que se implementarán después
durante el control: no es exigible esto al operador.
·
Registros
obligatorios requeridos por los textos: Respecto a
este punto, un debate acerca del
Registro de Cultivos concluyó que aunque este documento
no esté explícitamente requerido en el Reglamento CEE, es implícito y es
legitimo que el organismo de certificación lo pueda pedir. Los registros
requeridos son:
Relativos a las facturas,
notas de entregas, facturas archivadas
de los proveedores, - contabilidad, los
documentos de transporte, los documentos
de identificación (certificados, autorizaciones de importación, otros),
registro de cría de animales/ ganadería, registro de cultivos.
El operador realiza varios
tipos de registros. A estos se los puede clasificar de la manera siguiente:
·
Los
registros técnicos
- Registro de Cultivo: consigna los eventos relativos a
cada cultivo: fechas, cantidades, observaciones relativas a cada etapa de
cultivo, de la siembra a la cosecha pasando por los tratamientos y las
fertilizaciones. El registro de cultivo es necesario para justificar el respeto
del anexo I y por lo tanto, el recurso al anexo II (reforzado por el artículo
8§2).
- Registro de ganadería: además del recuento de los
rebaños, contiene las raciones, las intervenciones veterinarias, los
nacimientos así como las ventas.
- Registro de fabricación: se anotan las cantidades,
fechas de implementación de las fabricaciones, los problemas que aparecieron;
se trata de un seguimiento de cada fabricación.
·
Los
registros de los flujos
-
notas de entrega,
- documentación para los transportes,
- notificación que los envases se encuentran cerrados,
- estado de las existencias.
- documentación para los transportes,
- notificación que los envases se encuentran cerrados,
- estado de las existencias.
·
Los
registros de los controles de calidad
-
todos los controles físicos y químicos realizados durante la transformación del
producto
-
los controles de admisión al entrar los productos.
·
Los
registros contables
-
facturas de los proveedores
- facturas de venta
- estadísticas
- documentos contables tradicionales.
- facturas de venta
- estadísticas
- documentos contables tradicionales.
LOS DOCUMENTOS DE
IDENTIFICACIÓN, LAS ETIQUETAS Y LOS DOCUMENTOS COMERCIALES
Los documentos de
identificación
Se trata de los documentos
adjuntados a los productos durante su transporte o su almacenamiento. No sólo
se debe verificar la presencia de las etiquetas, sino también si se pueden leer
y cuál es su contenido.
Las etiquetas y documentos
comerciales
Son regulados por los
artículos 5 y 10 del Reglamento CEE. Se debe examinar que los tres posibles
tipos de etiquetas o de documentos referidos a ellas estén conformes:
·
productos
ecológicos,
·
producto
ecológico en conversión,
·
producto
que contiene por lo menos 70% de ingredientes con origen ecológico.
·
Cómo enfocar los riesgos
El riesgo proviene del
“resultado observado”(la situación que encuentra el inspector), debido a dos
conjuntos de causas:
·
Aplicación
deficiente de los criterios que permiten determinar el resultado observado:
-
falta de instrumentos;
- legibilidad deficiente de los instrumentos internos;
- mala voluntad del operador;
- subjetividad del auditor.
- legibilidad deficiente de los instrumentos internos;
- mala voluntad del operador;
- subjetividad del auditor.
·
Falsificación
de los criterios que permiten determinar el resultado observado,
-
voluntad de fraude;
- incapacidad de dominar el sistema.
- incapacidad de dominar el sistema.
Esto permite definir varios
estratos de riesgo:
·
Los
riesgos inherentes: estos son aquellos
intrínsecos a la naturaleza de la actividad. La evaluación de estos riesgos
depende del análisis precedente. La
empresa misma debe encargarse de protegerse contra estos riesgos. Con este fin debe asegurar su
propia protección mediante su control interno.
El inspector analizará este
riesgo a partir de la experiencia que tiene del operador: debe establecer una
tipología de las explotaciones según los datos de los años anteriores
(criterios seleccionados por la coordinación: discrepancias 1, tamaño > 30
ha, ganadería, nuevo operador, manejo mixto).
Como definir la complejidad
y el tamaño de un expediente:
·
criterios
a definir para las empresas
·
criterios
a definir para los controles en el extranjero.
Los riesgos del control
interno: ¿Qué eficacia tiene el
control interno para contener los riesgos inherentes? Este riesgo de control
interno se examinará en el § Evaluación del Control Interno. Estas dos
categorías de riesgo, constituyen los riesgos
de ocurrencia de error. Cuanto más se identifican riesgos de ocurrencia de
error, más trabajo pesado tendrá que desplegar el inspector.
Los riesgos de detección se limitan al auditor, es un riesgo de
no-detección de los errores que se producen en la empresa.
El riesgo de auditoria es el riesgo de emitir una opinión
equivocada: es el riesgo mayor en esta profesión.
El método de evaluación del
riesgo se basa en las etapas siguientes:
·
Se
divide el proyecto en etapas elementales organizadas en 3 temas principales:
producción, transformación, exportación.
·
Se
observa y analiza los riesgos vinculados a cada uno de estas etapas elementales.
·
Se
audita al encargado sobre cada uno de los “puntos críticos” para determinar
cuáles fueron las medidas tomadas con el fin de contener el riesgo.
·
Se
averigua si las medidas propuestas son suficientes para limitar el riesgo a un
nivel aceptable.
·
Se
buscan las pruebas para acreditar la existencia y aplicación de las medidas.
Los instrumentos del inspector
ANTES DE LA
INSPECCIÓN: ORDEN DE MISIÓN, ARCHIVOS, RECOMENDACIONES
Para cada control a llevar a cabo, el inspector
recibe una orden de misión que supone previamente que el operador en cuestión
haya señalado al organismo certificador como “organismo de control” al firmar
un “compromiso anual”. El inspector no puede recibir un orden de misión de una
tercera parte, o realizar el control por iniciativa propia.
Es el servicio de control del ORGANISMO DE
CERTIFICACIÓN quien envía al inspector las órdenes de misión y los expedientes
con los archivos.
Es importante que el inspector tenga en su posesión
toda la información relevante para realizar su misión. La orden de misión no
sólo contiene los expedientes con los archivos sino también las recomendaciones
específicas a la misión (análisis, puntos a averiguar, tiempo otorgado, etc.).
El inspector acepta o rechaza la misión, en este
último caso debe comunicarlo inmediatamente al servicio.
La noción de “aceptación de misión” es importante
porque implica que el inspector no tiene un conflicto de intereses, que se
siente capaz de realizarla y que acepta todas las condiciones de la misión.
DURANTE LA
INSPECCIÓN
Se necesita cierto número de recursos materiales
según las circunstancias de la inspección. Algunos de estos recursos pueden ser
suministrados por los organismos de control:
- papel
con pequeño tablero (clipboard) y post it
- registro
de tiempo y distancia
- lápiz
destacador o remarcador
- calculadora-cámara
fotográfica-reloj
- linterna
- botas
de caucho o zapatos apropiados
- guantes
para muestras y protección
- instrumentos
de investigación
- lupa
y gafas
- medidor
de distancias (topofil)
- GPS
- tablas
(pueden ser varias según la inspección)
- bolsas
para muestras
- listas
de pesticidas
- las
normas aplicadas por el operador, consolidadas
- los
cuestionarios
- historial
- informe tipo
- tablas.
- informe tipo
- tablas.
DOCUMENTO
ÚTILES AL INSPECTOR
- Lista
de los pesticidas y de su uso.
- Tablas
agronómicas de equivalencia de abonos y fertilizantes.
- Tablas
de abonos y su valor en meq (mili-equivalente).
- Tablas
para alimentación del ganado.
- Tablas
de conversión de los alimentos.
- Guías
agronómicas generales.
- Manuales
sobre la agricultura ecológica y sus principios.
- Monografías
sobre los cultivos.
CASO DE LOS
ANÁLISIS, METODOLOGÍA DE MUESTREO, PRECAUCIONES A TOMAR
Generalidades sobre el muestreo
El muestreo está sometido a normas particulares
para que la toma de muestra tenga valor estadístico. Si no se respetan estas
normas, no puede existir seguridad respecto a la representatividad del
conjunto, debilitando de esta manera las decisiones de la certificación.
Generalidades sobre las tomas de muestras
Se debe describir la toma de muestra en una ficha
elaborada para tal efecto. Esta ficha es un documento contractual y oponible en
caso de conflicto.
La ficha “Toma de Muestra” forma parte integrante
del expediente de control. Necesita la firma del responsable de la explotación
o de una persona debidamente autorizada, que reconoce de este modo las
modalidades de la toma. Esto significa que el inspector sólo está habilitado a
hacer una toma en presencia de un responsable de la estructura controlada.
En caso de litigio, el responsable de la
explotación no puede impugnar el hecho que se hizo una toma (aunque cuestione
los resultados mediante una contra-análisis).
Por lo tanto es importante llenar precisamente la
ficha y hacerla firmar.
La ficha de toma de muestra
Esta ficha debe contener las indicaciones
siguientes:
- Una ficha
= 1 toma de la misma naturaleza, en 3 muestras.
- Indicar
el nombre de la empresa para la cual se hace la toma así como el nombre de
la persona responsable.
- Precisar
la denominación exacta de la toma: especie y variedad completa de la
apelación genérica o nombre comercial del producto o producto intermedio
cuyo estadio de transformación se describirá íntegramente.
- Mencionar
el número de identificación o número de lote, la fecha de fabricación,
etc., si existieren.
- Precisar
los números de las bolsas de la toma así como el número del certificado de
análisis.
- Indicar
el nombre del lugar de la toma, el número catastral, el número de la celda
de almacenamiento, el número de lote.
- Precisar
los números de las bolsas de la toma según su destinatario (operador, inspector
y/o laboratorio).
- Precisar
las circunstancias de la toma que resulten esenciales en caso de
oposición: capas superficiales del suelo, toma en el lindero de una
parcela tratada o al contrario lejos de los linderos, toma directamente en
celda o al final del circuito de encaminamiento del grano, el estadio del
cultivo en el momento de la toma, los tipos de cultivo en las parcelas
vecinas y sus características -agricultura ecológica o no- y, en lo
posible, indicaciones sobre datos climáticos (dirección del viento,
lluvias y temperaturas sobre la región en la época en qué se hizo la
toma). Utilización el esquema previsto a este fin.
- Cada
muestra enviada para la análisis a un laboratorio se acompaña de una nota
de pedido detallando los análisis solicitados y sus modalidades (por
ejemplo, conjunto órgano-clorados, conjunto órgano-fosfóricos, otros).
Para la detección de pesticidas en los productos
frescos o rápidamente perecibles (productos lácteos, no esterilizados, pan,
fruta y verdura fresca, hojas, ramas, otros) se envían 2 muestras al
laboratorio encargado del primer análisis, el que las conserva en el congelador
(si el resultado es positivo, la segunda muestra para contra análisis será
enviada por este laboratorio a solicitud del organismo de certificación a
un segundo laboratorio de referencia; si el resultado es negativo, el primer
laboratorio destruye la segunda muestra).
La tercera muestra dejada en poder del operador
debe ser conservada en el congelador donde la puso el inspector; si el operador
no tiene un congelador, esta muestra también se envía al primer laboratorio. En
el talón de pedido de análisis se menciona entonces que el análisis debe
realizarse sólo en una de las muestras y que las otras deben conservarse en el
congelador.
- Para
la detección de pesticidas en los productos secos, se envía una muestra al
laboratorio, las otros dos son conservadas por el operador y el inspector
en un lugar fresco, seco y oscuro.
- Debido
a la alterabilidad de numerosos productos y a la inestabilidad de muchas
materias activas, se debe enviar las muestras al laboratorio en un plazo
de 48 horas, conservándolas por lo menos en un lugar fresco antes del
envío.
GUIA TÉCNICA COLOMBIANA GTC 45
-Controles existentes a nivel del
medio de transmisión del factor de riesgo.
-Controles existentes al nivel de
la persona o receptor del factor de riesgo.
Valoración de factores de riesgo
El segundo paso para completar el
diagnóstico de condiciones de trabajo es la valoración cualicuantitativa de
cada uno de los factores de riesgo identificados; esta valoración permite
jerarquizarlos) Grado de peligrosidad (GP)La fórmula del
grado de peligrosidad es la siguiente:
GRADO DE PELIGROSIDAD =
CONSECUENCIA X EXPOSICIÓN XPROBABILIDAD
Al utilizar la formula, los
valores numéricos o pesos asignados a cada factor están basados en el juicio y
experiencia del investigador que hace el cálculo. Se obtiene una evaluación
numérica considerando tres factores: las consecuencias de una posible pérdida
debida al riesgo, la exposición a la causa básica y la probabilidad de que
ocurra la secuencia del accidente y consecuencias. Estos valores se obtienen de
la escala para valoración de factores de riesgo que generan accidentes de
trabajo. Anexo B. Una vez asignados se incluyen en las columnas correspondientes
del Anexo D. Mediante un análisis de las coordenadas indicadas anteriormente,
en el marco real de la problemática, se podrá construir una base suficiente
sólida para argumentar una decisión .Como teoría básica para buscar una
respuesta a la problemática planteada se toma el trabajo de FINE, William T.:
“
Mathematical Evaluations for Controlling
Hazards”, en el cual se plantea el grado
de peligrosidad para determinar
la gravedad de un riesgo reconocido. Una vez se determina el valor por cada
riesgo se ubica dentro de una escala de grado de peligrosidad así:
G.P BAJO G.P MEDIO G.P ALTO
Esta escala corresponde a la
interpretación incluida en
el Grado de repercusión (GR)Finalmente, se considera el
número de trabajadores afectados porcada riesgo a través de la inclusión de una
variable que pondera el grado de peligrosidad del riesgo en cuestión. Este
nuevo indicador es el grado de repercusión, el cual se obtiene estableciendo el
producto del grado de peligrosidad por un factor de ponderación que tenga en
cuenta grupos de expuestos. En esta forma se puede visualizar claramente cuál
riesgo debe ser tratado prioritariamente.
Porcentaje de expuesto Factor de ponderación
1-20% 121-40% 241-60% 361-80%
481 al 100% 5
La escala para priorizar los
riesgos por grado de repercusión es la siguiente:
(SIFP= 5 como en éste
ejemplo):G.R. BAJO G.R. MEDIO G.R. ALTO
1 1500 3500 5000El
grado de repercusión es el resultado del producto entre el grado de
peligrosidad y el factor de ponderación:
GR = GP x FP
Una vez obtenido el resultado de
éste producto se incluye en el Anexo D, en la respectiva columna.
Posteriormente se compara el resultado con la escala anterior y se obtiene la
interpretación para el grado de repercusión (alto, medio o bajo) y se incluye
en la columna correspondiente del Anexo D.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 4114
SEGURIDAD INDUSTRIAL. REALIZACIÓN DE INSPECCIONES PLANEADAS
Dentro de los requisitos establecidos por la
legislación colombiana en lo que se refiere a las actividades del Programa de
Salud Ocupacional se encuentra la realización de inspecciones planeadas en las
áreas de trabajo, con el objeto primordial de identificar riesgos que puedan
afectar la salud de los trabajadores (Artículo 11, Resolución 1016 de 1989 del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social), a las cuales se hace mención en la
norma como Inspecciones Planeadas1) Debido al gran número de actividades
económicas con que se cuenta, tanto en el sector industrial como en el de
servicios, no se ha establecido aún un modelo exacto para la realización de las
inspecciones planeadas a los sitios de trabajo. Por tanto, en esta norma se
presentan los parámetros específicos para establecer un Sistema de Inspecciones
Planeadas dentro de cualquier empresa, independientemente de su actividad
económica.
La presente norma establece los pasos por
seguir y los requisitos de un programa de inspecciones de áreas, equipos e
instalaciones. La metodología presentada es aplicable a todo tipo de empresa,
siempre y cuando se tenga en cuenta para su implementación la actividad
económica correspondiente. De acuerdo con lo anterior, los formatos presentados
y la forma en que se realice cada uno de los pasos mencionados en esta norma
deben ajustarse de acuerdo con las necesidades de la empresa. 1) También se
conocen como Inspecciones de Seguridad.
NORMA TÉCNICA COLOMBIANA NTC 4114
DEFINICIONES
Áreas y partes críticas: áreas de
la empresa y componentes de las máquinas, equipos, materiales, o estructuras
que tienen la probabilidad de ocasionar pérdidas, si se deterioran, fallan o se
usan en forma inadecuada.
Condiciones su estándar: toda
circunstancia física que presente una desviación de lo estándar o establecido y
que facilite la ocurrencia de un accidente.
Historial de pérdida: gravedad,
magnitud y frecuencia de las pérdidas ocasionadas por accidentes que hayan
ocurrido anteriormente.
Inspecciones planeadas informales: inspecciones planeadas realizadas en forma no sistemática. En ellas se
incluyen los reportes de condiciones su estándar, emitidos por los trabajadores
hacia sus jefes inmediatos o por los supervisores durante su trabajo diario.
Inspección planeada: recorrido
sistemático por un área, esto es con una periodicidad, instrumentos y
responsables determinados previamente a su realización, durante el cual se
pretende identificar condiciones su estándar.
Pérdidas: toda lesión personal o daño
ocasionado a la propiedad, al ambiente o al proceso.
Potencial de pérdida: gravedad,
magnitud y frecuencia de las pérdidas que pueden ocasionar un accidente.
CLASIFICACIÓN
Para efectos de la
presente norma se considera que las inspecciones planeadas se pueden clasificar
teniendo en cuenta el objetivo que se persigue en ella:
1.
INSPECCIONES
PLANEADAS GENERALES Inspecciones que se realizan a través de un área completa
de la empresa, con un enfoque amplio, tratando de identificar el mayor número
de condiciones su estándar.
2.
INSPECCIONES PLANEADAS DE ORDEN Y ASEO
Inspecciones planeadas en las cuales se pretende verificar que todas las cosas
se encuentren en el lugar en el que realmente deben estar y en correcto estado
de limpieza, tanto de los sitios de trabajo como de los objetos.
3.
INSPECCIONES DE
ÁREAS Y PARTES CRÍTICAS Inspecciones planeadas realizadas en determinadas áreas
o partes consideradas como críticas, de acuerdo con una clasificación previa
realizada teniendo en cuenta su potencial e historial de pérdidas.
REQUISITOS DE UN PROGRAMA DE INSPECCIONES PLANEADAS
Un programa de
inspecciones planeadas debe tener los siguientes elementos:
- Objetivos - Respaldo gerencial - Listado de
áreas por inspeccionar - Responsables de efectuar las inspecciones - Sistema de
clasificación de las condiciones su estándar identificadas.
- Frecuencia de
realización - Listas de verificación - Guía para realizar la inspección.
- Desarrollo de acciones correctivas -
Informes - Seguimiento de las acciones correctivas.
- Medición de la efectividad de las
inspecciones planeadas - Capacitación y entrenamiento.
Objetivos Antes de
iniciar el programa de inspecciones planeadas: se deben fijar unos objetivos muy claros con
respecto a su realización. Algunos de estos objetivos pueden ser: Identificar
condiciones su estándar. Verificar la eficiencia de las acciones correctivas.
Tomar medidas correctivas que disminuyan la exposición a pérdidas. Identificar
riesgos ocasionados por la instalación de nuevos equipos o modificaciones en
las instalaciones.
Fijación de
objetivos Establecimiento de políticas gerenciales Selección de las áreas,
equipos e instalaciones por inspeccionar Asignación de responsabilidades
Definición de sistema de cuantificación de condiciones subestándar y frecuencia
de realización Elaboración de una guía de inspecciones Entrenamiento y
capacitación Ejecución Acciones correctivas Elaboración de informes Seguimiento
Evaluación de la efectividad Figura 1. Diagrama de operaciones para realizar
inspecciones planeadas 4
Respaldo gerencial
El programa de inspecciones planeadas debe recibir el apoyo de la gerencia y
mandos medios, con el objeto de darle la importancia que requiere tanto su
ejecución como el cumplimiento de las acciones que de ellas surjan. Para hacer
manifiesto a los trabajadores este apoyo, la gerencia debe:
- Divulgar en toda la empresa el programa de
inspecciones.
- Proporcionar los
recursos humanos, técnicos y económicos necesarios.
- Participar en
las inspecciones de acuerdo con los objetivos que se hayan fijado.
- Proporcionar el
entrenamiento adecuado a los responsables de realizar las inspecciones
planeadas.
- Revisar los informes sobre las condiciones
subestándar encontradas después de las inspecciones y dar respuesta a los
mismos.
Listado de áreas,
instalaciones y equipos por inspeccionar: Todas las áreas de la empresa deben ser
inspeccionadas periódicamente. Cuando se trate de empresas pequeñas, tales como
empresas de servicio que constan de un número pequeño de oficinas, pueden ser
inspeccionadas todas las áreas en un solo recorrido. Para empresas grandes,
sobre todo aquéllas que tienen procesos de manufactura o almacenamiento, no es
posible realizar la inspección de todas las áreas de la empresa a partir de la
cual se establezca su clasificación, los responsables y la periodicidad de la
inspección. El inventario de áreas debe ser respaldado por planos, mapas o
diagramas de la planta y el listado de todos los equipos, estableciendo a la
vez las rutas para la realización de la inspección, con el fin de obtener la
dedicación y la cobertura apropiadas para cada área.
Responsables de las inspecciones planeadas Una
vez seleccionado lo que se va a inspeccionar, deben designarse los responsables
de llevar a cabo las inspecciones, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Quien realice la
inspección debe tener unos conocimientos básicos en Salud Ocupacional, así como
capacitación y entrenamiento específicos que le permitan enfocar la inspección
hacia los objetivos previamente establecidos.
- Deben elegirse
personas de diferentes áreas para realizar inspecciones planeadas cruzadas, es
decir, quien realiza la inspección debe ser alguien ajeno al área
inspeccionada. De esta manera, se garantiza que la inspección tenga un carácter
imparcial.
- El Jefe de Salud
Ocupacional no debe ser el encargado de realizar todas las inspecciones, pero
sí de asesorar su realización y de ejecutar el seguimiento correspondiente.
El Comité Paritario de Salud Ocupacional debe participar en las inspecciones planeadas, cumpliendo así con su
función de organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de
Salud Ocupacional en la empresa (Resolución 2013/1986 del Ministerio de Trabajo
y Seguridad Social).
Sistema de cuantificación de las condiciones
subestándar: A cada condición
subestándar se le asigna una letra ( A, B ó C), de acuerdo con el potencial de
pérdidas de la misma. Esta misma letra corresponde al tiempo que requiere la
acción correctiva que debe tomarse (inmediata, pronta o posterior). Escala de
valores para calificación de condiciones subestándar Clase Potencial de
pérdidas de la condición o acto subestándar Grado de identificado acción
A: Podría
ocasionar la muerte, una incapacidad permanente o pérdida de Inmediata alguna
parte del cuerpo, o daños de considerable valor.
B: Podría
ocasionar una lesión o enfermedad grave, con una incapacidad Pronta temporal, o
daño a la propiedad menor al de la clase
C: Podría
ocasionar lesiones menores incapacitantes, enfermedad leve o Posterior daños
menores.
Frecuencia de realización (periodicidad) Cada
empresa, de acuerdo con su tamaño, número de personas, procesos productivos,
turnos de trabajo, recursos técnicos, humanos y económicos debe establecer la
periodicidad para las inspecciones planeadas. Los criterios que deben tenerse
en cuenta para establecer la periodicidad de las inspecciones planeadas son:
- El potencial e
historial de pérdidas: cuanto mayor sea el potencial de pérdidas de lo que se
va a inspeccionar, mayor debe ser su periodicidad. Por ejemplo, un taller de
mantenimiento requiere mayor periodicidad que un salón de conferencias.
- Normas vigentes en
Salud Ocupacional.
- Las
características del área y los objetivos que se fijaron para las inspecciones
planeadas. - Para situaciones tales como el montaje de equipos nuevos, cambios
en las instalaciones, proyectos que se estén desarrollando y otros, es
necesario ajustar la frecuencia establecida inicialmente, ya que ésta depende
de la situación que se esté manejando, considerando las nuevas condiciones que
se originan, las cuales pueden tener mayor probabilidad de ocasionar una
pérdida. Por ejemplo: la ampliación de una bodega requiere un traslado de
material, cambio en las rutas de transporte de materiales y circulación de
personas, entre otros. Todo ello requiere una mayor periodicidad en las
inspecciones planeadas, hasta que se estandaricen las condiciones locativas. La
disponibilidad de tiempo de los responsables de la inspección no debe ser un
criterio fundamental para determinar la frecuencia, puesto que éste debe estar
considerado dentro de las funciones del cargo.
Listas de verificación (listas de chequeo o formatos de inspección) Las listas de verificación son formatos que contienen los aspectos que
se deben inspeccionar en las diferentes áreas para facilitar la recopilación,
codificación y análisis de la información. No se puede dar un formato general
para aplicar en todas las variantes, ya que se depende de las características
particulares de la misma. Sin embargo, se deben elaborar cumpliendo los
siguientes requisitos:
Los datos mínimos
que debe contener son:
- Área - Fecha de
realización
- Responsable de
efectuarla
- Condiciones por inspeccionar, para las
cuales se deben tener en cuenta los equipos utilizados, principales factores de
riesgo, materias primas, etc.
- La extensión de
las listas de verificación se debe ajustar de forma tal, que no se invierta más
del tiempo necesario y se obtenga la mayor eficiencia en su utilización. Debe
ser sencillas, dinámicas, aplicables a la actividad de la empresa y específicas
para lo que se desea revisar.
- Las listas deben
actualizarse al menos una vez al año, agregando o retirando partes de la misma,
a medida que cambien las situaciones por inspeccionar y los resultados de su
aplicación.
Cada empresa debe diseñar su propio manual de
inspecciones, con el fin de estandarizar la metodología, la presentación de
informes y el seguimiento. El manual debe contener los siguientes capítulos:
- Objetivos
- Respaldo
gerencial
- Personas
responsables
– Sistema de
clasificación de las condiciones subestándar
- Frecuencia de
realización
- Listas de verificación
- Informes
- Seguimiento
- Medición de la efectividad de las
inspecciones planeadas - Desarrollo de acciones correctivas.
Es conveniente
realizar en cada inspección una revisión del informe de la inspección anterior,
con el objeto de verificar las conclusiones obtenidas en la misma.
El responsable de
la inspección debe hacer un seguimiento de la ejecución de las acciones
correctivas recomendadas, verificando y facilitando los medios para que se
cumplan, para lo cual se debe diseñar un formato. Para ello debe llevar a cabo
las siguientes actividades:
- Dar a conocer a
través de los informes a las personas directamente responsables de ejecutar las
acciones correctivas.
- Verificar que la acción se inicie de acuerdo
con lo programado, dirigiendo los inconvenientes a la autoridad respectiva.
- Comprobar la
efectividad de las acciones ejecutadas y establecer las modificaciones que sean
necesarias.
Se debe incluir un método para medir la
calidad y cumplimiento de las inspecciones, el cual puede basarse en la
asignación de un puntaje para poder comparar esta efectividad con la meta de la
empresa para el programa de inspecciones planeadas. Este puntaje debe ser
considerado dentro de la evaluación del Programa de Salud Ocupacional de la
empresa como uno de sus principales elementos. A partir de esta evaluación se
debe alimentar el programa de inspecciones para establecer los cambios que sean
más favorables.
Dentro de las actividades de capacitación
correspondientes al Programa de Salud Ocupacional deben estar incluidas las de
inspecciones planeadas para el personal responsable de ejecutarlas, de acuerdo
con la guía elaborada. También se deben considerar los planes motivacionales
para el reporte de condiciones subestándar por parte de los trabajadores, y sobre
todo la concientización del personal sobre la necesidad de la realización de
las inspecciones con su propia interacción. 4.2
RECOMENDACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS INSPECCIONES PLANEADAS
Los siguientes
pasos deben tenerse en cuenta antes, durante y después de una inspección
planeada:
Antes de la inspección
- Tener un enfoque
positivo. La persona debe prepararse mentalmente para buscar no sólo lo que
esté mal, sino también lo que esté bien. El elogio al trabajo bien realizado,
puede conducir a que se siga haciendo de esta forma de manera permanente.
- Planificar la
inspección. Revisar la guía del Programa de Inspecciones Planeadas y destinar
el tiempo que sea necesario.
- Saber qué se va
a buscar: aspectos tales como el tamaño específico, el tipo de material, color,
ubicación, etc.
- Revisar los
informes de las inspecciones planeadas interiores.
- Proveerse de los elementos necesarios: Ropa
y elementos de protección personal apropiados al área y para acciones tales
como gatear, inclinarse, etc.
- Papelería para tomar apuntes - Instrumentos
de medición (metro, sonómetro, etc) apropiados - Linterna, cámara fotográfica,
y otros elementos que sean necesarios.
Durante la
inspección - Utilizar la lista de verificación adecuada para el área, equipo o
instalación a inspeccionar. Utilizar un mapa, plano o diagrama, si es
necesario. - Anotar toda condición subestándar identificada, en forma breve,
utilizando expresiones tales como doblado, descompuesto, desgastado, corroído,
suelto, con filtraciones, sobresaliente, filoso, resbaloso, etc. Cuando se
puedan hacer mediciones, deben consignarse los resultados de acuerdo con las
normas vigentes en Salud Ocupacional y Protección Ambiental.
- Buscar las cosas que no sea posible
identificar a primera vista. Examinar compartimientos cerrados, pedir a los
operadores que pongan en funcionamiento la máquina que no esté en uso (pero en
condiciones operables), etc.
- Describir y
ubicar cada aspecto claramente, utilizando diagramas, fotografías o
videograbadora, si es posible. - Tomar medidas correctivas inmediatas e
informar de ellas al jefe del área.
– Tener en cuenta
las situaciones que se han presentado durante inspecciones planeadas
anteriores.
- Clasificar el riesgo asociado con la
condición identificada.
- Elaborar los
informes a la mayor brevedad posible. 4.2.3 Después de la inspección - Estimar
la gravedad potencial de la pérdida.
- Evaluar la
probabilidad de ocurrencia de pérdida. 10
- Ponderar las
alternativas de control
- Priorizar las
acciones correctivas - Asignar los responsables de ejecutar los controles
Hacer los informes de la inspección
- Escribir con claridad
- Enumerar los
elementos en orden consecutivo
- Cuantificar los
riesgos
- Usar códigos
para los elementos considerados en los informes anteriores, para las acciones
intermedias y las acciones que se han completado.
- Emitir órdenes
de trabajo
- Garantizar
acciones oportunas
- Evaluar el
progreso de la acción correctiva, a través de inspecciones de seguimiento
- Verificar la efectividad
de los controles aplicados Este documento fue elaborado por la Secretaría
Técnica de Normalización del Consejo Colombiano de Seguridad.
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